Círculo Gacela

jueves, 27 de noviembre de 2008

¡SEGURO QUE SI ME CAMBIO DE AUTÓNOMO A S.L. TENGO MÁS SUBVENCIONES…! ¡¡¡MENTIRA!!!

Muchos clientes piensan: “¡seguro que si cambio mi empresa de autónomo a S.L. puedo tener alguna subvención!”
¡¡¡Rotundamente NO!!!
El hecho de cambiar el tipo de sociedad manteniendo las características de empleo y actividad iniciales no da derecho a subvenciones debido a que no se producen cambios en la economía de la región en cuestión. Las subvenciones son incentivos públicos destinados a alcanzar objetivos políticos como pueden ser la disminución del desempleo, la generación de industria, la igualdad de género, etc… Por lo que el hecho de cambiar simplemente un tipo de sociedad por otra no implica la contribución a la consecución de ninguna de estas políticas económicas, por ello no es subvencionable.
Cada empresa, negocio, sociedad, etc. tiene que analizar el tipo de razón fiscal que le sería más conveniente constituir, así en ocasiones es más conveniente constituir una S.L. que ser autónomo o viceversa. Si bien es cierto, que a la hora de crear una empresa está más subvencionada la constitución como autónomo que como S.L., esto no implica que las S.L. no tengan ninguna subvención, por ejemplo, las ayudas a la contratación indefinida, a la inversión en innovación, comercio, industria, etc… no discriminan beneficiarios por tipo de razón fiscal.
Una cuestión muy importante a tener en cuenta es que las subvenciones son siempre a posteriori, esto es: siempre se conceden después de haber justificado la realización de la inversión o gasto que hemos solicitado nos incentiven; al contrario de lo que muchos piensan: ¡¡¡con la subvención voy a comprar…!!!.
Por este motivo en CIRCULO GACELA aconsejamos que a la hora de tomar decisiones no hay que hacerlo en función de las subvenciones, lo primero que hay que observar es si las decisiones son convenientes para el futuro de nuestra empresa y si hay subvención, pues mejor que mejor. También hay que tener en cuenta que las subvenciones exigen el cumplimiento de determinadas condiciones cuya conveniencia debería de ser considerada.

Saludos y hasta otro post.

viernes, 21 de noviembre de 2008

¿POR QUÉ A MÍ NO ME HAN DADO LA AYUDA POR SER AUTÓNOMO?

Me encuentro a diario con empresarios autónomos que se interrogan sobre por qué no les han concedido esta o aquella ayuda.
Esto me ha llevado a hablar aquí sobre este tema, sobre las dificultades por las que un autónomo pasa y que desde mi perspectiva en CIRCULO GACELA he padecido con ellos:
Por ejemplo, David contactó con nosotros tras haber cursado el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, sin haberse inscrito previamente como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo (antiguo INEM) que le correspondía. ¡Problema! Al no haberse inscrito ya no tenía derecho a solicitar la ayuda como empresario autónomo.
Otras veces he visto que ha pasado demasiado tiempo desde la fecha de alta como autónomo y la fecha límite para solicitar la subvención (por lo general son dos meses desde el alta como autónomo). ¡Otro problema! pues si ha pasado este plazo, aunque pudiese optar a ella, ha perdido todas las opciones.
En otra ocasión me encontré con que Pablo pensaba que como había constituido una S.L. él solo, y cotizaba por el régimen de autónomos, era un empresario autónomo; pues bien, esto no es así, la primera (S.L.) es una sociedad mercantil y la segunda es civil, son totalmente distintas y no tienen que ver unas subvenciones con otras.
Mi consejo es que antes de dar cualquier paso es mejor estar asesorado por un buen equipo, como el que integramos mis compañeros y yo en CIRCULO GACELA, donde os indicarán los pasos correctos.

Saludos y hasta otro post.